Proveedor de servicios electrónicos (PSE) y Operador de servicios electrónicos (OSE)

La facturación electrónica se ha ido adaptando consecutivamente por los contribuyentes como designo SUNAT. Por ello, los empresarios contratan los servicios de Operadores de Servicios Electrónicos (OSE) para la validación de sus comprobantes de pago electrónicos, aunque; el servicio suele ser confundido con el del Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE).

Operadores de Servicios Electrónicos (OSE)

  • Es un intermediario verificado entre la Sunat y los contribuyentes para validar los comprobantes de pago electrónicos.
  • Su principal requisito es tener la calidad de emisor electrónico, superar el proceso de inscripción y pruebas de Sunat, contar con un capital igual o mayor a 300 UIT, presentar una carta fianza de s/. 113, 400. 00, implementar controles de seguridad de la información, etc.
  • Resolución que aprueba el sistema es Resolución de Superintendencia N° 117-2017/SUNAT.
  • Su función es el encargado de comprobar, verificar y autorizar la emisión de los comprobantes electrónicos de acuerdo al Sistema de Emisión Electrónica.
  • Su obligación es presentar declaraciones juradas del impuesto general a las ventas e impuesto a la renta, remitir a la Sunat cada CDR a más tardar en una hora, garantizar al menos un 99.96% de disponibilidad de los servicios, implementar el ISO/IEC-27001 desde el segundo año de ser OSE, permitir que la Sunat verifique la plataforma tecnológica, guardar la reserva tributaria y de la información, etc.
  • El beneficio agiliza el proceso de facturación, mejora el servicio de respuesta, optimiza recursos y mejora la liquidez.
  • La sanción que se adopta en caso de incumplimiento de las obligaciones, los operadores estarán sujetos a una multa de hasta 25 UIT o hasta 3 años de retiro del registro.
  • Existen 8 operadores autorizados.

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Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE)

  • o Es un intermediario autorizado entre la Sunat y los contribuyentes para facilitar la emisión de los comprobantes electrónicos.
  • o Su principal requisito es tener la calidad de emisor electrónico, superar el proceso de inscripción y homologación, contar con un capital igual o mayor a 150 UIT y contar con 5 o más trabajadores, etc.
  • o Resolución que aprueba el sistema es Resolución de Superintendencia N° 199-2015 / SUNAT.
  • o Su función es el único responsable y autorizado de la conformidad técnica y administrativa que Sunat exige para todo el proceso de facturación.
  • o Su obligación es contar con una plataforma de soporte técnico para los emisores, tener la certificación ISO/IEC-27001, permitir a la Sunat la inspección del cumplimiento de las obligaciones, etc.
  • o El beneficio es resguardar la información, brinda soporte técnico y atención a los clientes.
  • o La sanción que se adopta es el retiro del registro los sujetos que incumplan alguna de las obligaciones o funciones del servicio.
  • Existen más 95 proveedores autorizados.