Firma Digital vs Firma Manuscrita

A diferencia de la firma manuscrita, la firma digital responde a una lógica distinta en cuanto a su elaboración y manera de verificar si es correcta o no. Sin embargo, no pierde su esencia propia, al ser un elemento de identificación de una persona, sea esta natural o jurídica, lo cual puede generar el cumplimiento de ciertas obligaciones.

    La firma digital necesariamente debe ir contenida en un documento, al igual que la firma manuscrita, pero en este caso debe ir insertada dentro de un documento electrónico denominado “Certificado Digital”. Este concepto lo desarrollaremos a continuación.

  • Certificado digital confiable emitido por una EC confiable
  • Certificado digital confiable emitido por una EC confiable
  • Validación de la no revocación y no expiración del certificado antes de la firma digital
  • Protección de la clave privada:

    i. Módulo criptográfico FIPS 140-2
    ii. No copias en manos de terceros
    iii. No copias en manos de terceros

Recuerda que las empresas que ya se encuentran en la lista de obligados a emitir facturas electrónicas y no lo estén haciendo, podrían pagar una multa equivalente al 50% de una UIT. Para mayor información, comunícate con nosotros al 014701407 o a certificados@dnp.com.pe. Vísitanos en Certificados Digitales.pe