Facturación Electrónica y el certificado digital

La Facturación Electrónica incluye el uso de un Certificado Digital, que es una herramienta tecnológica que nos permite brindar integridad, seguridad y el no repudio de las transacciones electrónicas. El Certificado Digital es utilizado para firmar digitalmente los comprobantes de pago electrónicos (como facturas, boletas de venta y notas de crédito y débito), así como los resúmenes diarios y las comunicaciones de baja que se emite con el sistema de facturación; así el contribuyente, al momento de firmar digitalmente los comprobantes de pago y otros documentos electrónicos, no puede desconocer posteriormente la autoría de los documentos, brindando una seguridad en todo intercambio comercial.

La factura electrónica, es emitido a través del sistema de emisión electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente; donde también se emiten las Notas de Débito y Crédito vinculadas a la factura electrónica.

Entre las características tenemos:

  • La emisión se realiza desde los sistemas desarrollados por el contribuyente, por lo que no necesita ingresar a la web de la SUNAT.
  • Es un documento electrónico que tiene todos los efectos tributarios del tipo de comprobante de pago FACTURA (sustenta costo, gasto, crédito fiscal para efectos tributarios).
  • La serie es alfanumérica de cuatro dígitos comenzando con la letra F.
  • La numeración es correlativa, comienza en 1 y es independiente a la numeración de la factura física.
  • Se emite a favor del adquiriente que cuente con RUC, salvo en el caso de las facturas electrónicas emitidas a sujetos no domiciliados por las operaciones de exportación.
  • Se puede utilizar para sustentar el traslado de bienes.
  • La autenticidad de los documentos electrónicos emitidos desde los sistemas del contribuyente se puede consultar en el portal web de la SUNAT.

SUNAT, para tener un mayor control de las actividades de las empresas ordenó el uso obligatorio de la facturación electrónica en el 2014; donde progresivamente las empresas se han ido adaptando a este ordenamiento implementándose a la emisión de comprobantes electrónicos. Así mismo, ha publicado el calendario correspondiente al 2019, respecto a los contribuyentes obligados a utilizar la facturación electrónica a partir de las fechas establecidas. Las empresas o contribuyentes que no cumplan con la regulación, implica multas desde 1 UIT hasta el cierre parcial o total de su negocio.

facturacion electronica y certificado digital

Julio: Empresas del sector financiero que realicen operaciones gravadas con el IGV.

Noviembre: Contribuyentes que al 31/12/2018 hayan obtenido ingresos mayores o iguales a 150 UIT.

Enero 2020:Servicios públicos (luz, agua, etc.), transporte, etc., que emitirán documentos autorizados Electrónicos (DAE).

Palmer De La Cruz el intendente Nacional de Estrategias y Riesgo del ente recaudador, indico que, en el 2018, la emisión de comprobantes electrónicos representó cerca del 78% de las actividades comerciales y que en el 2019 la cifra incrementaría al 80%; y así, llegar al 95% en el 2020.

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