El Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE) se acredita ante la SUNAT, previo proceso de inscripción y homologación de los documentos electrónicos que vayan a generar. Este presta servicios al emisor electrónico, para la realización de alguna o todas las actividades inherentes a la modalidad de emisión electrónica de comprobantes de pago, en nombre del emisor.
El Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE) ofrecerá sus servicios utilizando su propio certificado digital para la firma de los comprobantes de pago electrónicos, y no el del contribuyente. Es por ello que aquel contribuyente que opte por este tipo de servicio, deberá dar de alta al Proveedor del Servicio a través de su Clave SOL, autorizándolo de esta forma a firmar digitalmente sus documentos y el responsable respecto al contenido del comprobante es cada empresa que emite el comprobante electrónico.
En la Resolución de Superintendencia N° 199-2015/SUNAT se dispone el registro de Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE).
OBLIGACIONES DEL PSE
Los sujetos inscritos en el Registro deben cumplir las siguientes obligaciones:
La SUNAT puede requerir al sujeto inscrito en el Registro verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas, puede considerar como criterio de selección para verificar el cumplimiento de las referidas obligaciones, las quejas presentadas por los emisores electrónicos cerca de los servicios prestados por los sujetos inscritos en el Registro.
Los sujetos que deseen inscribirse en el Registro deben presentar una solicitud a través de SUNAT Operaciones en Línea, utilizando el código de usuario y la clave SOL, siempre que cumplan con todas las condiciones que se señalan a continuación:
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO DEL PSE
Para mayor información, comunícate con nosotros al (01)470-1407 / 998 334 547 o al correo: certificados@dnp.com.pe Visítanos en nuestra Página Web: Certificados Digitales.pe